Didier Lobo

APOYO A EMISORAS COMUNITARIAS EN LA PANDEMIA

Buenas tardes,

 

Se trata de un momento de excepción que amerita medidas especiales de parte del Estado para garantizar la supervivencia y operación del servicio comunitario prestado sin fines de lucro, ni ánimo comercial, seriamente afectado por la disminución de ingresos derivado de los sucesos que han golpeado la economía en general. 

 

Si el alivio se justifica por la ya difícil situación que traen estos concesionarios de este servicio comunitario, con mucha mayor razón si le agregamos el agravamiento que significa la situación de la emergencia que vive el país.

 

Téngase en cuenta que este servicio de telecomunicaciones es un servicio público esencial que no debe ser suspendido durante la emergencia, máxime si se tiene en cuenta que sus usuarios son ciudadanos de menores ingresos y vulnerables

 

La primera modificación que propongo de aumentar el plazo del descuento, se justifica en que la situación que le da origen al presente proyecto de ley y a la imposibilidad de pago de los referidos concesionarios comunitarios, permanecen aún después de la expedición de la ley.

 

Mientras que la segunda modificación propuesta en el parágrafo primero del artículo 2, se dirige a que el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones beneficie con la regla de normalización de pagos pretendida con el presente proyecto de ley a los concesionarios y operadores con procesos judiciales en su contra originados por la precitada deuda.

 

Gracias,